Encuentra abogado de accidentes laborales

¿Has sufrido un accidente de trabajo? Baja, recargo, incapacidad y daños: cuéntanos tu caso y, si hay un despacho colaborador en tu provincia, te llama.

Un accidente de trabajo abre varias reclamaciones distintas, cada una con su plazo: las prestaciones de la Seguridad Social, el recargo si faltaron medidas de seguridad y la indemnización de los daños. Cuéntanos tu caso con unas preguntas de elegir —sin partes médicos ni diagnósticos— y, si hay un despacho colaborador en tu zona, se lo pasamos para que lo estudie.

Qué cuenta como accidente de trabajo

Toda lesión que sufres con ocasión o por consecuencia del trabajo, según la Ley General de la Seguridad Social. Incluye el accidente in itinere, al ir o volver del trabajo, y las lesiones durante el tiempo y en el lugar de trabajo, que se presumen laborales salvo prueba en contra.

Lo que se puede reclamar

  • Prestaciones: la incapacidad temporal mientras dura la baja y, si quedan secuelas, la incapacidad permanente o una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes.
  • Recargo de prestaciones: si el accidente se debió a la falta de medidas de seguridad, las prestaciones se incrementan entre un 30 y un 50 % a cargo de la empresa.
  • Daños y perjuicios: la indemnización por lo que no cubren las prestaciones. Tiene su propio plazo de prescripción, que depende de cuándo se conocen las secuelas: conviene no dejarlo pasar.

Por eso en accidentes la web no calcula un plazo: el abogado que reciba tu consulta fija la fecha que cuenta en tu caso.

Qué conviene guardar

  • El parte de accidente que hace la empresa y la baja.
  • Nombres de quien lo vio y fotos del lugar, si las hay.
  • Las nóminas, para calcular las prestaciones.

Tus datos de salud

Te pedimos un consentimiento aparte para tratar el dato de salud que se deduce del caso (art. 9 del Reglamento General de Protección de Datos) y estas consultas no pasan por ningún sistema automático externo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede durar un juicio por accidente laboral?
Depende del juzgado y de si hay una o varias reclamaciones (prestaciones, recargo, daños). El abogado te da una idea con tu caso concreto.
¿Un accidente yendo al trabajo es accidente laboral?
Sí: el accidente in itinere, al ir o volver del trabajo, se considera accidente de trabajo.
¿Qué es el recargo de prestaciones?
Un aumento de entre el 30 y el 50 % de las prestaciones, a cargo de la empresa, cuando el accidente se debe a la falta de medidas de seguridad.
¿Cuánto cobra un abogado por un caso de accidente?
Lo fija cada despacho: presupuesto cerrado, porcentaje de lo que se obtenga o una combinación. Te lo dice antes de empezar.

Cuéntanos tu caso

Solo preguntas de elegir. La revisamos y, si hay un despacho de abogados laboralistas colaborador en tu provincia, se la enviamos para que te contacte y te escribimos con su nombre. Si en dos días hábiles no hay ninguno, te lo decimos por correo.

  • ✓ Te calculamos el plazo orientativo para reclamar
  • ✓ Un solo despacho recibe tu consulta
  • ✓ Enviarla no cuesta nada; los honorarios los acuerdas con el abogado
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Con él, el abogado comprueba que no representa a la otra parte.

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