Encuentra abogado de incapacidad permanente

¿El INSS te ha denegado la incapacidad permanente o te ha dado un grado menor? Tienes 30 días para la reclamación previa. Cuéntanos tu caso.

Si el INSS te ha denegado la incapacidad permanente o te la ha reconocido en un grado menor del que crees que te corresponde, tienes 30 días hábiles desde que recibes la resolución para presentar la reclamación previa (art. 71 LRJS). Cuéntanos tu caso con unas preguntas de elegir —sin diagnósticos ni informes médicos— y, si hay un despacho colaborador en tu zona, se lo pasamos.

Los grados

  • Parcial: una disminución del rendimiento en tu profesión habitual.
  • Total: te impide hacer tu profesión habitual, pero no otra distinta.
  • Absoluta: te impide cualquier profesión u oficio.
  • Gran incapacidad (antes, gran invalidez): además, necesitas la ayuda de otra persona para los actos básicos de la vida.

Los regula la Ley General de la Seguridad Social; qué grado corresponde en cada caso lo valora el abogado con tus informes.

Quién decide

Resuelve el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En Cataluña, la valoración médica previa la hace el Institut Català d'Avaluacions Mèdiques (ICAM).

Los pasos si no estás de acuerdo

  1. Reclamación previa ante el INSS, en 30 días hábiles desde la resolución (art. 71 LRJS).
  2. Si la desestima, o no contesta, demanda ante el juzgado de lo social, con su propio plazo.

Son plazos orientativos: el abogado los verifica con la fecha de notificación exacta.

Tus datos de salud

Que tu consulta sea de incapacidad ya es un dato de salud. Por eso te pedimos un consentimiento aparte (art. 9 del Reglamento General de Protección de Datos), solo preguntamos el tipo de caso y estas consultas no pasan por ningún sistema automático externo. Los informes médicos los revisa el abogado contigo.

Preguntas frecuentes

¿Quién resuelve la incapacidad permanente?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En Cataluña, la valoración médica la hace antes el Institut Català d'Avaluacions Mèdiques (ICAM).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar si me la deniegan?
30 días hábiles desde la resolución del INSS para la reclamación previa (art. 71 LRJS). El abogado confirma la fecha exacta.
¿Cuántos años de cotización hacen falta para la incapacidad permanente total?
Depende de la edad y de si viene de enfermedad común o de accidente; en accidente no se exige un periodo mínimo. El abogado lo comprueba con tu vida laboral.
¿Tengo que enviar mis informes médicos?
No a esta web: solo te preguntamos el tipo de caso. Los informes los ve el abogado cuando hables con él.

Cuéntanos tu caso

Solo preguntas de elegir. La revisamos y, si hay un despacho de abogados laboralistas colaborador en tu provincia, se la enviamos para que te contacte y te escribimos con su nombre. Si en dos días hábiles no hay ninguno, te lo decimos por correo.

  • ✓ Te calculamos el plazo orientativo para reclamar
  • ✓ Un solo despacho recibe tu consulta
  • ✓ Enviarla no cuesta nada; los honorarios los acuerdas con el abogado
¿Quién eres?
Con ella calculamos el plazo orientativo para reclamar.
Con él, el abogado comprueba que no representa a la otra parte.

Un solo despacho recibe la consulta · Enviarla no cuesta nada · Solo respuestas de elegir

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